Lo hizo esta mañana por medio de un mensaje grabado, a horas de finalizar el DNU que mantenía las restricciones hasta el 30 de abril.

Entre los principales anuncios se destacó la prorroga de las restricciones hasta el 21 de mayo de este año.

La situación epidemiológica para aplicar las nuevas medidas, el ejecutivo estableció tres factores: razón -aumento de casos en los últimos 14 días-; incidencia -cantidad de casos sobre la población- y ocupación de camas UTI.

El país, de acuerdo a la cantidad de casos en cada ciudad, región y provincia se dividió en cuatro categorías: situación de bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo epidemiológico y sanitario y alarma epidemiológica y sanitaria.

Entre las medidas generales que tienen vigencia en todo el país se destacan las siguientes: viajes grupales, se suspenden los viajes grupales de egresados y grupos turísticos, reuniones sociales, se suspenden las reuniones de más de 10 personas y sobre las personas de riesgo, se suspendió la asistencia al trabajo.

Para las zonas de riesgo sanitario, en localidades de más de 40.000 habitantes, con 40 a 150 casos cada 100.000 personas, queda en los gobernadores establecida la facultad y responsabilidad para adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación de los ciudadanos.

En las zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico, con más de 150 casos cada 100.000 habitantes se establecieron las siguientes restricciones: reuniones sociales, se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

DEPORTES: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

AFORO: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

DISPOSICIONES LOCALES Y FOCALIZADAS DE CONTENCION: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

MEDIDAS PARA ZONAS DE ALERTA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

Centros comerciales y shoppings.

Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

Restricción en ámbito educativo.

Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.

Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.

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