Imagen ilustrativa. Ph: Gentileza
Por: Luis Delsemme

Vivió nueve años una relación caracterizada por violencia de género

Cuando una persona adulta se encuentra en una situación de maltrato donde no es posible la evitación, ni siquiera la anticipación, la persona aprende a adaptarse y a sobrevivir a esa situación sin defenderse porque no tiene el control, ni lo tendrá”, así redactó parte de la sentencia el Vocal de la Cámara en lo Criminal y Correccional de Cruz del Eje, Ricardo Arístides Py que se conoció a fines de noviembre, en un juicio contra un hombre extremadamente violento.

El Doctor Py también agregó: “Una de las características de las mujeres maltratadas que padecen situaciones de violencia es que la agresión es aleatoria: es algo que el agresor ha visto, no le ha gustado y por eso pega. La razón de la agresión es el juicio del agresor. Se produce cuando los acontecimientos son incontrolables, cuando no es posible hacer nada para cambiarlos, hagamos lo que hagamos siempre sucede lo mismo”.

El fallo resume los padecimientos de una joven mujer, que desde su adolescencia vivió inmersa en un mundo de violencia de género. El no haber atendido a tiempo las situaciones vivenciadas, generó en la víctima un miedo atroz, que, sumada a la falta de apoyo familiar, le imposibilitó escapar de su agresor, incluso luego de haber culminado la traumática relación.

El Vocal de Cámara, en el fallo emitido el 23 de noviembre de 2021, puso el ojo en una cuestión que refleja la falta de seguimiento por parte de las autoridades de aquellas situaciones límites: “La imposibilidad de escapar de su agresor, incluso después de haber cesado la relación de pareja, iniciado una nueva relación e incluso haber estado detenido L.A.L. por otra causa, la falta de respuesta del Poder Judicial y la Policía, condujeron a ésta a no oponerse a cualquier situación a que era sometida con el fin de lograr que cuanto antes termine la agresión o no aumente la que estaba sufriendo” y continuó “Adviértase que los hechos sufridos fueron muchos más que los juzgados en la presente causa, solo puso en conocimiento de la autoridad algunos de los hechos sufridos en los años 2015 a 2018, no obteniendo respuesta desde la justicia por cuanto recién fueron elevados a cuando se investigó el hecho octavo, donde una nueva víctima, debió denunciarlo por hechos similares”.

Luis Alberto L. (35), durante el período que va desde diciembre de 2015 al noviembre de 2019, en las localidades de Cosquín y Santa María de Punilla, hostigó a C.O. de distintas formas. La sometió a violencia psicológica y económica. Él no trabajaba y ella tenía que hacerlo para sostener a la familia que incluía a dos hijas.

El control que ejercía sobre la joven, lo llevó a golpearla hasta en el mismo lugar de trabajo. La hermana de la víctima sufrió amenazas por parte de un descontrolado que pretendía someter permanentemente a su víctima

Muchas de estas amenazas y hechos concretos de violencia física se sucedieron en el domicilio que ambos compartían en el mismo terreno de la madre de Luis Alberto L., pero nadie intervino para evitarlo.

Los golpes recibidos por C.O. y otra pareja que tuvo después, con la cual también tuvo un hijo, en una oportunidad fueron aplicados en presencia de los menores.

Cuando te encuentre, porque el mundo es muy chiquito, siempre te voy a encontrar y te voy a matar”, fue una de las amenazas con las que paralizaba a sus víctimas.

La pareja de Luis Alberto L. un día decidió cortar con la relación y comenzar una nueva vida. Así lo hizo con un hombre que se desempeña en la policía de la provincia. Sin embargo, lejos de poner distancia, una noche la buscó, la hizo salir de la casa y la llevó a una habitación de un hotel en Cosquín, donde la obligó a consumir alcohol y drogas para luego abusar de ella. Todo esto mientras el agente se encontraba de servicios. A el fue él primero que la mujer le comentó lo que había ocurrido y juntos realizaron la denuncia judicial.

El hecho mencionado, según lo estableció la justicia, ocurrió por la indefensión de la víctima, una mujer que a lo largo de los años de convivencia padeció todo tipo de violencia, inhibiendo la posibilidad de reaccionar y que a pesar de negarse a acceder al deseo del agresor, no pudo revelarse porque estaba presa del pánico.

En noviembre de 2019, además de golpear a su nueva pareja estando embarazada de siete meses y con un bebe de 10 meses en brazos, Luis A. L. fue detenido por tenencia de drogas con fines de comercialización, delito por el cual le aplicaron tres años de condena de ejecución condicional.

Siempre la humilló y denigró y vivía en el mismo terreno que la familia del imputado, quien tampoco intervenía cuando ocurrían hechos violentos y dependía de éste para tener un techo para ella y sus hijas. El estado de vulnerabilidad fue absoluto” relató el Vocal de Cámara en el fallo, al mismo tiempo que deja constancia del “daño psíquico grave” evaluado por las pericias.

La Cámara encontró a Luis Alberto L. responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, coacción, amenazas y lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género en concurso real, desobediencia a la autoridad, amenazas, privación ilegítima de la libertad calificada y lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género, en concurso real, abuso sexual con acceso carnal agravado y privación ilegítima de la libertad calificada, en concurso real y privación ilegítima de la libertad calificada en concurso real con lesiones leves calificadas.

Por estos delitos, se lo condenó a quince años de prisión, integrándose a la misma los tres años de prisión condicional por el delito de narcomenudeo, sentencia de noviembre de 2019.

 

Si sos víctima de violencia de género o conocés a alguien que necesite ayuda, comunicate a la línea nacional y gratuita 144, que funciona todos los días del año, las 24 horas. También podés dirigirte al Polo Integral de la Mujer (teléfono 0800 888 9898, Entre Ríos 680, Córdoba Capital).

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